Esperanza Municipal Council

2013-11-28

Proyecto de Ordenanza puesta en valor espacio “PASEO DE LOS ARTESANOS”

VISTO:
El notable deterioro que con el paso de los años ha sufrido el espacio denominado “Paseo de los Artesanos”, y

CONSIDERANDO:
Que ese espacio fue creado con un objetivo real, pero que no ha dado resultado en el uso otorgado, como era que los artesanos expusieran a la venta artículos elaborados por ellos.
Que en su principio y quien fuera gobierno en ese momento, acompañó a los artesanos domingo tras domingo con distintas actividades culturales en ese espacio, como ser presentación de entretenimiento para niños, grupos musicales, teatrales y hasta la misma banda de música municipal.
Que habiendo pasado tantos años desde su creación y viendo que los artesanos no aceptan ese espacio, que solo se conforman con poder armar sus mesas o poner sus paños en el suelo, pero en otro lugar, como lo es el lado Este del Parque de la Agricultura, cercano al laberinto.
Que teniendo en cuenta su mal estado general, deja mucho que desear cuando queremos ser ciudad que atraiga al turismo.
Que también debemos considerar lo peligroso que se torna el uso de ese espacio por jóvenes y no tan jóvenes algunos días de semana, volviéndose un lugar inseguro para muchos vecinos del lugar y personas que asisten al mismo Parque en horario nocturno.
Que el deterioro es avanzado pero recuperable y se le puede dar un uso intenso, manteniendo un espacio cultural dentro del mismo predio.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA EL SIGUIENTE

PROYECTO DE PROYECTO DE ORDENANZA Nº …

Art. 1).- DISPÓNESE el llamado a concurso – licitación para la puesta en valor del  espacio denominado “Paseo de los Artesanos”, ubicado en la esquina de las calles 115- 1º de Mayo y 94- Berutti.
Art. 2).- Se tendrá en cuenta y no se modificará la estructura de techos existentes,  preservando la distribución actual y asimismo conservando el ala Norte como SALA CULTURAL MUNICIPAL.
Art. 3).- DISPÓNESE que se podrá anexar a la estructura existente: sanitarios,  vestuarios, depósito y cocina para poder darle uso gastronómico, como ser comedor, cafetería, heladería, choperia, etc.
Art. 4).- El adjudicatario del concurso – licitación deberá hacerse cargo de la puesta en  valor de ese espacio, lo que le dará el derecho a usufructuar del mismo, según la inversión, por el tiempo que se acuerde con el municipio. Asimismo y después de transcurrido el tiempo fijado, el espacio se devolverá al municipio en perfectas condiciones de funcionalidad. Caso contrario se llevarán a cabo las acciones pertinentes que correspondieren conforme las normas pactadas entre las partes.
Art. 5).- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los trámites  administrativos que resulten necesarios a tales efectos.
Art. 6).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.