Câmara Municipal da cidade de Esperanza

30-04-2013

Proyecto de Ordenanza de Estacionamiento en 45º (Cuarenta y Cinco Grados) en forma definitiva

VISTO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal por Decreto Nº 10.175 de fecha 22 de febrero 2011 dispuso se ordene el estacionamiento vehicular s 45º (cuarenta y cinco grados), y

CONSIDERANDO:
Que mediante el citado el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso que a partir del 28 de febrero 2011 el estacionamiento a 45º sobre el cordón de la mano derecha del sentido de circulación en las siguientes calles y entre sus arterias perpendiculares a saber: 99- Sarmiento al 1800 (entre 106- Castelli y 104- Lehmann), 99- Sarmiento al 1900 (entre 104 -Lehmann y 102- A. Castellanos), 99- Sarmiento al 2200 (entre 98- 25 de Mayo y 96- 3 de Febrero), 99- Sarmiento al 2300 (entre 96- 3 de Febrero y 94- Berutti), 101- San Martín al 1800 (entre 106- Castelli y 104-Lehmann), 101- San Martín al 1900 (entre 104- Lehmann y 102-A. Castellanos), 101- San Martín al 2200 (entre 98- 25 de Mayo y 96- 3 de Febrero), 101- San Martín al 2300 (entre 96- 3 de febrero y 94- Berutti), 101- San Martín al 2400 (entre 94- Berutti y 92-Pueyrredón), 103- Belgrano al 1800 (entre 106- Castelli y 104- Lehmann), 103- Belgrano al 1900 (entre 104- Lehmann y 102- A. Castellanos), 103- Belgrano 2200 (entre 98 - 25 de Mayo y 96- 3 de febrero), 103- Belgrano al 2300 (entre 96- 3 de febrero y 94- Berutti), 104- Lehmann al 1300 (entre 103- Belgrano y 105- Rivadavia), 102- A. Castellanos al 1300 (entre 103- Belgrano y 105- Rivadavia), 96- 3 de febrero al 1400 (entre 101- San Martín y 103- Belgrano), 96 - 3 de febrero al 1300 (entre 103- Belgrano y 105- Rivadavia), 94- Berutti al 1300 (entre 103- Belgrano y 105- Rivadavia), y
Que conforme con los informes técnicos, dicha modificación mejoró considerablemente la circulación vehicular al reducir la tasa de siniestralidad en la misma.
Que en su Art. 2) el Decreto disponía que tendría vigencia por 6 meses.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE ORDENANZA Nº ….
Art. 1).- DISPÓNESE, el estacionamiento vehicular a 45º (cuarenta y cinco grados)  sobre el cordón de la mano derecha del sentido de circulación en las siguientes calles y entre sus arterias perpendiculares a saber: 99- Sarmiento al 1800 (entre 106- Castelli y 104- Lehmann), 99- Sarmiento al 1900 (entre 104- Lehmann y 102- A. Castellanos), 99- Sarmiento al 2200 (entre 98- 25 de Mayo y 96- 3 de Febrero), 99- Sarmiento al 2300 (entre 96- 3 de febrero y 94- Berutti), 101- San Martín al 1800 (entre 106- Castelli y 104- Lehmann), 101- San Martín al 1900 (entre 104- Lehmann y 102- A. Castellanos), 101- San Martín al 2200 (entre 98- 25 de Mayo y 96- 3 de Febrero), 101- San Martín al 2300 (entre 96- 3 de Febrero y 94- Berutti), 101- San Martín al 2400 (entre 94- Berutti y 92- Pueyrredón), 103- Belgrano al 1800 (entre 106- Castelli y 104- Lehmann), 103- Belgrano al 1900 (entre 104- Lehmann y 102- A. Castellanos), 103- Belgrano 2200 (entre 98- 25 de Mayo y 96- 3 de Febrero), 103- Belgrano al 2300 (entre 96- 3 de febrero y 94- Berutti), 104- Lehmann al 1300 (entre 103- Belgrano y 105- Rivadavia), 102- A. Castellanos al 1300 (entre 103- Belgrano y 105- Rivadavia), 96- 3 de Febrero al 1400 (entre 101- San Martín y 103- Belgrano), 96- 3 de Febrero al 1300 (entre 103- Belgrano y 105- Rivadavia), 94- Berutti al 1300 (entre 103- Belgrano y 105-Rivadavia).
Art 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.