Escudo Concejo Municipal

Câmara Municipal da cidade de Esperanza

23-05-2013

Proyecto de Ordenanza contra la Violencia de Género


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PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:
Que la violencia doméstica es un flagelo que sufre nuestra sociedad, en donde el silencio, el miedo y la falta de herramientas expeditas y rápidas, pone en serio riesgo a muchas mujeres y niños en nuestra ciudad, y

CONSIDERANDO:
Que el carácter complejo de este fenómeno implica la intervención de autoridades policiales y órganos jurisdiccionales, donde muchas veces la lentitud y la burocracia actúan como agravantes de la situación de violencia de las que son víctimas mujeres y niños.
Que la existencia del dispositivo Antipánico, posibilitará la actuación rápida y efectiva de las autoridades policiales cuando una mujer se encuentre en peligro inminente de sufrir un ataque de violencia, porque permiten dar una respuesta inmediata ante una emergencia médica o una urgencia de seguridad.
Que ya cuenta media sanción legislativa el proyecto de ley que crea el Sistema Provincial de Botones Antipánico para Víctimas de Violencia Doméstica.
Que en virtud de las facultades que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE ORDENANZA Nº ….
 
Art. 1).- CRÉASE el Registro Dispositivo de Alerta para Mujeres Agredidas (Registro  D.A.M.A), a cargo de la Secretaria de Gobierno, y/o la dependencia que el Departamento Ejecutivo Municipal designe, con el fin de evitar toda acción u omisión surgida del matrimonio, unión de hecho (sean convivientes o no), y cualquier otra relación familiar que arriesgue o dañe la integridad corporal de la mujer y/o menores en riesgo.
Art. 2).- Son requisitos para la inscripción a dicho registro:
a) Haber obtenido una Resolución Judicial ordenando la Exclusión de Hogar y/o Prohibición de acercamiento, la inscripción en el Registro D.A.M.A y la obtención del Botón Antipánico.
b) Presentar copia certificada de la Resolución Judicial que ordene la medida de restricción, inscripción en el Registro D.A.M.A, obtención del Dispositivo Antipánico y datos que identifiquen al agresor, la víctima de agresión y demás datos del caso.
c) Haber fijado domicilio real en esta ciudad de Esperanza.
Art. 3).- El Departamento Ejecutivo Municipal entregará en forma gratuita, por el plazo  que duren las medidas de protección judicial o por el término que el Juez actuante amerite, un dispositivo de botón Antipánico con conexión directa a la Central de Despacho del Sistema de Atención de Emergencias 911 que funciona en la Unidad Regional XI de Policía, a cada persona inscripta en el Registro D.A.M.A.
Art. 4).- Cada dispositivo con botón Antipánico contará con un grabador de sonido y voz  que se activará de manera automática al pulsarlo.
Art. 5).- El Departamento Ejecutivo Municipal establecerá la tecnología necesaria de  manera que pueda anexar a su red de monitoreo de la Central de Despacho del Sistema de Atención de Emergencias 911, un sistema de alerta para detectar en tiempo real el geo-posicionamiento de la persona víctima de agresión al momento de oprimir su dispositivo Antipánico.
Art. 6).- Cuando la Central de Despacho del Sistema de Atención de Emergencias 911  detecte una señal de pánico, el despachante de inmediato dará aviso a las fuerzas de seguridad, a fin de enviar de manera urgente un móvil y personal adecuado al lugar geo-referenciado por el dispositivo Antipánico.
Art. 7).- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán  imputados a la partida presupuestaria respectiva.
Art. 8).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

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